Directiva de copyright europea y el control del contenido en internet

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En el post de hoy vamos a analizar la Directiva 2019/790 del Parlamento Europeo sobre los derechos de autor y derechos afines en el mercado único digital, que tiene como fin adaptar la vigente normativa en materia de derechos de autor a los retos del entorno digital.

¿Por qué muchos expertos señalan que Internet se encuentra en peligro? Muchos especialistas señalan los artículos 11 y 13 como una amenaza para las empresas y usuarios de internet, ya que según estos expertos favorece el control del contenido en internet, y más aún, puede favorecer la censura. No olvidemos las campañas que realizaron a principio de año portales como Wikipedia o PornHub.

Aún es pronto para hacer una evaluación de la puesta en práctica de la norma, pero esta misma semana hemos leído noticias como que Twitter el día 11 de diciembre iba a eliminar cuentas inactivas o que Instagram va a exigir fecha de nacimiento de nuevos usuarios, noticias que demuestra que los portales web empiezan a tomar posiciones sobre el control del contenido publicado en sus plataformas.

¿Que señala exactamente esta directiva?:

En primer lugar el artículo 11 permite a los editores de contenido facturar a las websites y plataformas que enlacen sus historias, el famoso «impuesto al enlace», algo que Google ha indicado en más de una ocasión que podría causar que los medios que aparecen en su buscador pierdan hasta el 40% de su tráfico.

Por el contrario el artículo 13, señala que las plataformas online sean legalmente responsables sobre la tenencia de los derechos de autor por parte de los usuarios que carguen material con derechos de autor; el llamado»filtro de carga» o licencia para comunicar públicamente los contenidos protegidos por derechos de propiedad intelectual. Esto obligaría a foros, blogs, websites o monstruos del mercado como Instagram, YouTube, Pornhub o incluso portales como Skokka a filtrar todo el contenido en Europa para no arriesgarse a violar derechos de autor.

Dichas plataformas se beneficiaban del artículo 14 de la directiva de comercio electrónico (2000/321/EC),  al poder ser considerados como «anfitriones» de la información publicada en sus sitios web, basaban su estrategia para no ser considerados responsables del contenido en:

– 1º.- No tener conocimiento real de la actividad o información no ajustada a Derecho.

– 2º.- En la actuación rápida y eficiente eliminando el contenido y la posible memoria caché existente en los buscadores, estableciendo un procedimiento de notificación y eliminación de las denuncias en los términos legales de la plataforma, facilitando la denuncia del autor que detecta un contenido que se ha subido sin su permiso.

Pero ya no es suficiente; ahora los portales deben supervisar con frecuencia el contenido generado por los usuarios de su plataforma. A partir de ahora se debe detectar futuros usos de este tipo para quitarlos de forma automática.

Como hemos indicado debemos analizar como se aplicará la norma, la propia norma establece excepciones como el uso de obras en un entorno digital educativo, pero lo que es evidente que las empresas van a tener que invertir más tiempo y dinero en el control de contenido subido en sus páginas web a través de tecnología de reconocimiento de contenidos y con control manual /humano.

 

 

 

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