Si estás conviviendo con tu pareja y os estáis planteando casaros o registraros como pareja de hecho, lo primero que tienes que tener claro que son situaciones jurídicas diferentes, por ejemplo el Tribunal Constitucional señala literalmente que «el matrimonio y la convivencia extramatrimonial no son situaciones equivalentes».
Si por circunstancias no tenéis claro contraer matrimonio, registrarse como pareja de hecho proporciona una serie de derechos importantes que hace que registrase sea muy útil. Destacamos los siguientes derechos:
1º Los derechos y obligaciones como padres son exactamente los mismos que si se contrae matrimonio, incluso tienen la misma capacidad que los cónyuges para ser adoptantes. Sin duda este es el derecho más importante.
2º Derecho a cobrar la pensión de viudedad, sin duda el derecho económico más importante entre una pareja, eso sí, se requiere acreditar de manera fehaciente una convivencia de 5 años previa al fallecimiento y que los ingresos del superviviente no superen el límite establecido por la Seguridad Social.
¿Los principales inconvenientes de no contraer matrimonio?
1º En caso de separación la pensión compensatoria en favor de la pareja que sufre un mayor perjuicio económico no está regulado en todas las CCAA.
2º Respecto los fallecimientos sin testamento, hay que revisar la legislación de cada CCAA, en regiones como baleares o Euskadi se equiparan los derechos sucesorios a los matrimonios,pero en otras CCAA no.
3º Por último existe un último perjuicio, y es que las parejas de hecho no pueden presentar la declaración de la renta conjunta.
Por tanto podemos concluir que el matrimonio y la relación extramatrimonial son realidades jurídicas diferentes, pero aunque las parejas de hecho tiene menos derechos que los matrimonios, registrarse como pareja de hecho proporciona muchos derechos a los cuales no deben renunciar una pareja sentimental estable.