Hoy he decidido hablar sobre el derecho a la desobediencia civil tras leer un artículo de Olga Rodriguez en el diario.es .
El derecho a la desobediencia civil está muy presente en la actualidad, con la terrible crisis económica que estamos sufriendo (aunque ahora sea más suave) la desobediencia se ha establecido como estrategia por una parte de la sociedad.
Como señala el artículo partimos que existen leyes injustas, hasta hace nada han habido leyes que han permitido perseguir a los judíos o han permitido el apartheid. También partimos que periodistas, abogados o personas como Rosa Parks en 1955, con su desobediencia han supuesto un gran avance para la humanidad.
Pero como juristas que tenemos un blog sobre Derecho también queremos plasmar el peligro de una extensión excesiva de la desobediencia civil.
La desobediencia civil choca directamente con principios como «el principio de legalidad» o «el principio de seguridad jurídica». Igual que exigimos al poder público que ejerza su poder acorde a la ley vigente, los ciudadanos debemos actuar conforme la ley vigente. En una sociedad democrática es fundamental conocer lo que esta prohibido, ordenado o permitido.
¿Qué ocurre con una extensión excesiva del derecho a la desobediencia civil?
Existen dos criterios muy difíciles de delimitar:
1º ¿Qué es injusto?
2º Si es injusto, ¿Ese derecho hasta que punto es un derecho fundamental para que sea protegido incluso con la fuerza?
Pues que el criterio de considerar una ley injusta puede ser muy subjetivo. Perseguir a los judíos es una barbaridad objetiva, los torturaban y los mataban, y el derecho a la vida es un derecho fundamental. ¿Pero es injusto que el propietario de una casa solicite la salida de su casa a una familia con niños pequeños que no paga un alquiler, o que un banco solicite lanzamiento de embargo de vivienda?.
En primer lugar habría que ver si una vivienda es un derecho fundamental y luego habría que ver si las condiciones de la hipoteca o el alquiler eran abusivas, pero podemos llegar a la situación que el resto de la sociedad podemos decidir no pagar nuestros alquileres e hipotecas porque no nos pasará nada. Y luego engancharé la luz del vecino porque es justo que el vecino pague mi luz porque gana más dinero que yo.
La sociedad debemos obligar a los poderes públicos que protejan a la sociedad y las familias, ningún niño puede «quedarse en la calle» pero no es culpa de un propietario o un banco que una persona no tenga una vivienda social. Si el banco ha recibido dinero público podemos exigir a nuestros representantes que esos bancos faciliten alquileres sociales, pero no podemos utilizar la desobediencia como primera actuación, considero que debe utilizarse como última actuación ante casos objetivamente muy graves sobre derechos fundamentales.
Comparto ciertos aspectos del artículo de Olga Rodriguez, pero no puede considerarse la desobediencia civil como un medio normal de actuación, las leyes están para cumplirse y si las leyes son injustas hay que echar en las urnas a quién crea dichas leyes, ese debe de ser el sistema normal de desobediencia en una democracia, una extensión excesiva de la desobediencia civil puede ser peligroso.