Convenio Regulador en mutuo acuerdo

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El Convenio Regulador en un proceso de separación y divorcio de mutuo acuerdo, es el acuerdo que llegan ambas partes para regular aspectos tan importantes como la guarda y custodia de los menores en común o el uso del domicilio familiar.

Con la demanda hay que acompañar tres documentos:

  1. Certificación literal de la inscripción de matrimonio.
  2. Certificaciones literales de la inscripción del nacimiento de los hijos.
  3. La propuesta de Convenio Regulador firmada por ambos cónyuges.

Conforme el artículo 90 del Código Civil, el contenido mínimo que debe reflejar el Convenio Regulador, es el siguiente:

Guarda y custodia y Régimen de Visitas:

El Convenio debe plasmar el acuerdo sobre la guarda y custodia de los hijos sujetos a patria potestad y el régimen de comunicaciones y estancias de los hijos con el progenitor que no viva habitualmente con ellos.

Uso del domicilio familiar:

Las partes deben de acordar el destino de la vivienda sea tanto el uso para uno de los cónyuges como si se decide la venta o alquiler a un tercero.

Contribución a las cargas del matrimonio y alimentos:

– Debe establecerse las bases de actualización y garantías.

– Está prohibido renunciar a la pensión de alimentos a favor de los hijos menores a cargo del otro progenitor.

Deberá reflejarse la liquidación del régimen económico del matrimonio y/o la pensión conforme el artículo 97.

– La liquidación del régimen económico del matrimonio no tiene porque ser aprobado judicialmente, siendo el acuerdo título suficiente para la inscripción y adjudicación en el Registro de la Propiedad, siempre bajo el cumplimiento de unos requisitos.

– El Convenio Regulador deberá reflejar la cuantía, duración, formas de actualización y resto de condiciones pactadas, si las partes han decidido acordar una pensión de alimentos.

Artículo escrito por Trinidad Piquer García abogada colegiada 7.182 del Ilustre Colegio de Abogados de Valencia.

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