El Convenio Regulador en un proceso de separación y divorcio de mutuo acuerdo, es el acuerdo que llegan ambas partes para regular aspectos tan importantes como la guarda y custodia de los menores en común o el uso del domicilio familiar.
Con la demanda hay que acompañar tres documentos:
- Certificación literal de la inscripción de matrimonio.
- Certificaciones literales de la inscripción del nacimiento de los hijos.
- La propuesta de Convenio Regulador firmada por ambos cónyuges.
Conforme el artículo 90 del Código Civil, el contenido mínimo que debe reflejar el Convenio Regulador, es el siguiente:
1º Guarda y custodia y Régimen de Visitas:
El Convenio debe plasmar el acuerdo sobre la guarda y custodia de los hijos sujetos a patria potestad y el régimen de comunicaciones y estancias de los hijos con el progenitor que no viva habitualmente con ellos.
2º Uso del domicilio familiar:
Las partes deben de acordar el destino de la vivienda sea tanto el uso para uno de los cónyuges como si se decide la venta o alquiler a un tercero.
3º Contribución a las cargas del matrimonio y alimentos:
– Debe establecerse las bases de actualización y garantías.
– Está prohibido renunciar a la pensión de alimentos a favor de los hijos menores a cargo del otro progenitor.
4º Deberá reflejarse la liquidación del régimen económico del matrimonio y/o la pensión conforme el artículo 97.
– La liquidación del régimen económico del matrimonio no tiene porque ser aprobado judicialmente, siendo el acuerdo título suficiente para la inscripción y adjudicación en el Registro de la Propiedad, siempre bajo el cumplimiento de unos requisitos.
– El Convenio Regulador deberá reflejar la cuantía, duración, formas de actualización y resto de condiciones pactadas, si las partes han decidido acordar una pensión de alimentos.
Artículo escrito por Trinidad Piquer García abogada colegiada 7.182 del Ilustre Colegio de Abogados de Valencia.